Investigación mercantil
Competencia desleal, fuga de información, uso indebido de marca, control de franquiciados y verificación de socios y proveedores antes de firmar.
Detective privado · Málaga, Costa del Sol y Granada · TIP 6333
Mercantil, económico, familiar y laboral. Investigamos con método, discreción y respaldo legal, y cada caso termina en un informe pericial defendible ante un juez.
Profesionales con TIP en vigor y habilitación del Ministerio del Interior. Ejercicio regulado por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.
Informes redactados para ser aportados como prueba y ratificados personalmente por el detective en sede judicial.
Comunicación cifrada, expedientes compartimentados y custodia del material durante el plazo que exige la ley de seguridad privada, con destrucción certificada al vencer.
Tarifa por horas de investigación acordada por escrito antes de empezar. Sin ampliaciones sin su autorización.
Áreas de investigación
Cuatro especialidades: mercantil, económica, familiar y laboral. Trabajamos únicamente sobre un interés legítimo acreditado, tal y como exige la ley; si su caso no encaja, se lo diremos en la primera llamada.
Competencia desleal, fuga de información, uso indebido de marca, control de franquiciados y verificación de socios y proveedores antes de firmar.
Solvencia real, ocultación y alzamiento de bienes, averiguación patrimonial previa a ejecutar una sentencia y localización de deudores, avalistas y herederos.
Régimen de custodia, ocultación de convivencia para extinguir pensiones, control de menores en entornos de riesgo e infidelidades con efectos patrimoniales.
Absentismo, incumplimiento de pactos de no competencia, uso indebido de medios de la empresa y competencia desleal del propio empleado.
Barrido electrónico de despachos, domicilios y vehículos. Detección de micrófonos, cámaras ocultas y rastreadores GPS.
Redacción del informe con cadena de custodia, anexo audiovisual fechado y ratificación del detective en el acto del juicio.
Metodología
Un procedimiento idéntico en todos los casos: es lo que hace que el informe resista el interrogatorio de la parte contraria.
Escuchamos el caso sin coste y valoramos si existe interés legítimo. Firmamos acuerdo de confidencialidad antes de cualquier dato.
Definimos objetivo, medios, horas estimadas y plazo. Recibe un presupuesto cerrado por escrito; nada empieza sin su firma.
Vigilancias, seguimientos y verificaciones documentadas con material fechado. Parte de avance periódico durante todo el proceso.
Entrega del informe con anexo probatorio y, si el caso llega a sala, comparecencia del detective para ratificarlo.
El profesional
No subcontratamos el caso ni lo pasamos a un becario. Quien escucha su asunto en la primera llamada es quien firma el informe y quien se sienta en la sala a ratificarlo.
Óscar Rosa P.
Detective privado · ORP Investigaciones
Ejercicio habilitado y regulado por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, con especialización en asuntos mercantiles, económicos, familiares y laborales. Ámbito de actuación: Málaga, la Costa del Sol y Granada.
Zona de actuación
Cobertura propia, no delegada: los desplazamientos dentro de la zona no se facturan como comisión de servicio. Fuera de ella estudiamos el encargo caso por caso.
Clientes
Por secreto profesional publicamos iniciales y sector, nunca identidades ni detalles del expediente.
“Llevábamos meses con sospechas y ninguna prueba. El informe se aportó al procedimiento y cambió por completo la posición de la empresa.”
“Lo que más valoré fue la contención: ni una llamada de más, ni un dato fuera de sitio. Discreción real, no publicitaria.”
“Trabajo con muchos despachos y pocos ratifican bien en sala. Aquí el detective sostuvo el informe punto por punto.”
Preguntas frecuentes
Sí. El informe de un detective privado habilitado se admite como medio de prueba y el profesional comparece para ratificarlo. Por eso documentamos cada actuación con fecha, hora y cadena de custodia desde el primer día.
No. La ley exige acreditar un interés legítimo sobre el asunto investigado. En la consulta inicial valoramos si concurre; si no existe, no aceptamos el encargo y se lo explicamos con claridad.
Se factura por horas de investigación, más desplazamientos y medios técnicos si el caso los requiere. Recibirá un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar y ninguna ampliación se ejecuta sin su autorización previa.
Depende de la tipología. Una comprobación puntual puede resolverse en días; un seguimiento con pauta de conducta variable suele requerir varias semanas. En el plan inicial fijamos un plazo estimado y le informamos de cada avance.
Secreto profesional, acuerdo de confidencialidad firmado, comunicaciones cifradas y expediente accesible solo al equipo asignado. Al cierre le entregamos el informe. La ley nos obliga a conservarlo archivado un mínimo de tres años (artículo 49.4 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada), de modo que no podemos destruirlo antes ni aunque usted lo pida. Las imágenes y los sonidos grabados se destruyen a los tres años de terminar la investigación, salvo que estén ligados a un procedimiento judicial, policial o sancionador. Vencido el plazo, la destrucción es certificada.
Sí. Puede exponer el caso sin identificarse para saber si es viable. Los datos personales solo son necesarios en el momento de formalizar el encargo.
Consulta confidencial
Primera valoración gratuita y sujeta a secreto profesional. Le decimos con franqueza si su caso es viable, qué se puede probar y qué no.
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